martes, 20 de noviembre de 2007

Derecho Internacional

Mariana Rodríguez Camarillo 12/11/2007

Francisco Álvarez del Castillo Derecho

Derecho Internacional

El derecho internacional se puede considerar como el conjunto de principios y normas que regulan las relaciones de los estados y organizaciones mundiales. En general se puede decir que lo que hace este tipo de leyes es controlar la manera en la que los países se afectan, ya sea positiva o negativamente, resultando en reglas, tratados, acuerdos y costumbres que son aplicadas a los sujetos mencionados anteriormente. Las negociaciones se llevan a cabo a través de los servicios diplomáticos de cada nación, por lo cual existen embajadas en todos los países de los estados con los cuales éstos están en términos amistosos que fungen como intermediarios para que existan acuerdos entre ellos.

El derecho internacional se puede referir a dos disciplinas legales, las cuales son:

  • Derecho Internacional Público: La primera rama del tema del que estamos tratando es la que se encarga de la estructura y operación de los estados y organizaciones internacionales. En los últimos tiempos la importancia de este tipo de derecho ha crecido a tal grado que ahora existen compañías transnacionales e individuos de gran relevancia para el mundo (como por ejemplo el líder la ONU Ban Ki-moon) que son afectados por los tratados públicos. Todo esto se debe, principalmente, a que la globalización ha borrado muchos de los límites que existían entre países y ahora, actividades como el comercio, la política y las carreras armamentistas no solo conciernen a un país, sino al mundo entero.

    El derecho internacional público, también conocido como “Derecho de las Naciones”, tiene como principal objetivo regular las relaciones que conciernen a naciones soberanas y políticamente activas. La manera en la que los consensos acerca de las leyes públicas internacionales se realizan, es a través de convenciones multilaterales, sin embargo es importante mencionar que la costumbre sigue siendo una parte muy importante de la manera en la que se toman las decisiones dentro del ámbito. Algunas de las organizaciones internacionales más importantes que tienen que ver con este tipo de derecho son: la Organización de las Naciones Unidas, la Organización de Mundial de la Salud, UNESCO, etc.

  • Derecho Internacional Privado: El también conocido como “conflicto de leyes”, tiene dos maneras de ser aplicado dentro del derecho moderno. El primero, es dentro del derecho común, en el cual se encarga de los asuntos internacionales donde las leyes de diferentes países dictan juicios contradictorios acerca de un mismo caso. En este caso, se aplica dependiendo de cual ley sea declarada como la lex causae1.

    La segunda aplicación que tiene este apartado de las leyes mundiales es dentro de los sistemas de derecho civil, donde tiene por obligación decidir cual es la regulación que se aplica a un caso que sucede en las fronteras de dos países; el caso debe incluir un elemento no muy común. Además de esto, la materia tiene también por fin regular las controversias legales que se presenten en el comercio internacional (como por ejemplo los conflictos entre jurisdicciones) y las leyes que se encargan del derecho de estadía de extranjeros en los países extranjeros (aunque en teoría, de esto debería de encargarse el derecho público internacional).

    Otra posible rama del derecho internacional que generalmente no es tomada en cuenta cuando se habla de esta materia es el derecho supranacional. Se basa principalmente en la acción de los países cuando se limitan la soberanía unos a otros. La razón por la cual no es mencionada es porque contrasta mucho con el Derecho Internacional Público (donde las relaciones entre naciones se tratan de manejar de manera diplomática), además de que existen pocos casos en la actualidad donde las patrias se sometan a este tipo de regulaciones. El ejemplo más claro de la supranacionalidad es la “Unión Europea”, donde los estados de dicho continente (aunque no todos, cabe recalcar) decidieron unirse en una organización donde se ayudan y reglamentan mutuamente.

Ya que el derecho internacional regula las relaciones entre diferentes naciones, es necesario mencionar una de sus aplicaciones más importantes; el derecho internacional dentro de la guerra, también conocido como el Derecho de Conflicto Armado (Incluido dentro del Derecho Internacional Humanitario). En este tema se incluyen dos grandes divisiones, el ius in bello2 y el ius ad bellum3.

Las principales fuentes del Derecho de Conflicto Armado son las Convenciones de Ginebra4 (1864, 1929 y 1949), las Convenciones de la Haya5 (1899 y 1907) y la Carta de las Naciones Unidas (1945). Si bien parece un acto demencial el crear leyes para un evento como la guerra, aquí incluimos algunos principios detrás de estas para que se pueda observar cómo no es una mala idea:

  • Las guerras deben limitarse a cumplir los objetivos políticos por los cuales comenzaron; no deberá existir destrucción innecesaria.
  • Las guerras deberán terminar con la mayor prontitud posible,
  • La gente y propiedades que no contribuyan al esfuerzo bélico deberán ser protegidas por los bandos existentes.
  • Tanto combatientes como no-combatientes deben ser protegidos de “sufrimiento innecesario”.
  • La protección de ciertos derechos humanos fundamentales de los individuos que sean capturados por el “enemigo”.
  • Facilitar la restauración de la paz.

A diferencia de las Convenciones de Ginebra (sus cuatro Convenciones y tres Protocolos) y de las Convenciones de la Haya, la Carta de las Naciones Unidas tiene mayor contenido que aquel referido a la guerra. Dividida en quince capítulos, la Carta dice lo siguiente:

  • Capítulo I: Los objetivos que la ONU tiene a cumplir.
  • Capítulo II: Los criterios para ser miembro de la ONU.
  • Capítulo III: Se describen los distintos órganos de la ONU.
  • Capítulo IV: Habla acerca de la Asamblea General.
  • Capítulos V – VII: Hablan del Consejo de Seguridad.
  • Capítulo IX: Acerca de la cooperación internacional sobre materias económica y social.
  • Capítulo X: Habla acerca del Consejo Económico y Social.
  • Capítulos XI – XIII: Hablan acerca del Consejo de Administración Fiudiciaria.
  • Capítulo XIV: Habla acerca de la Corte Internacional de Justicia.
  • Capítulo XV: Habla acerca de la Secretaría General de la ONU.
  • Capítulos XVI y XVII: Acuerdos y disposiciones
  • Capítulo XVIII: Habla acerca de los mecanismos para realizar reformas sobre la Carta.
  • Capítulo XIX: Define la forma de la Carta.

Si bien los acuerdos anteriores (Convenciones de Ginebra, Convenciones de la Haya, Carta de las Naciones Unidas) no son los únicos ejemplos del derecho internacional, sí son los más importantes y reconocidos entre éstos. De cualquier manera, a lo largo de la historia se han creado varios tratados internacionales, aquí ofreceremos tan sólo un vistazo a algunos de ellos, el año en que fueron creados y los temas acerca de los cuales trataban:

  • Tratado de Versalles, 1919: Tratado de paz que finalizaba la Primera Guerra Mundial.
  • Pacto Kellog-Briand, 1928: Buscaba evitar que la guerra fuese utilizada como un instrumento de política nacional.
  • Pacto de Locarno, 1925: Buscaba mantener la paz en el oeste de Europa; las fronteras establecidas a Alemania tras la Primera Guerra Mundial fueron declaradas inviolables.
  • Juicios de Nuremberg, 1945 – 1949: Si bien no fueron tratados o pactos, los juicios de Nuremberg se basaron en ellos y ayudaron a mejorarlos. Efectuados tras la Segunda Guerra Mundial, fue durante los juicios de Nuremberg que altos funcionarios Nazis tuvieron que responder por sus acciones cometidas durante la guerra.

El derecho internacional es una materia que toca nuestras vidas a diario; gracias a él es que adquirimos productos de otros países, nos relacionamos con ellos y cambiamos el estado actual de las cosas. Por complicado y tedioso que pueda parecer, es necesario conocerlo y saber cual es el impacto que tiene en nuestras vidas.





Bibliografía








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