lunes, 29 de octubre de 2007

exposicion parteorganica de la constitucion

Victor Remolina Ocampo

Sección orgánica de la constitución política Mexicana

La constitución política tiene dos partes principales, una de estas partes es la que consta de las garantías individuales, o parte dogmática, la que reconoce los derechos y libertades sociales.

Como los que son: derecho a la libertad, refiriéndose a la esclavitud y dándole este derecho a toda persona que se encuentre en territorio mexicano.

Así como dándole derecho a toda persona en territorio mexicano a poseer derecho como los siguientes:

Derecho a la libertad de expresión, educación, posesión de armas, libre profesión de cultos, huelga y organización de sindicatos entre otros.

La otra se refiere a la parte orgánica de la constitución misma, que a su vez da las normas para la división de los poderes de la unión y el funcionamiento de las instituciones del estado: (esta parte consta de 107 artículos, mientras que la parte de las garantías individuales o dogmáticas solo tiene 29 artículos.)

En esta parte se dictan normas como la forma en la cual México va a operar, con una forma de gobierno mexicano como una república federal, representativa y popular.

También se dicta que se divide el poder en ejecutivo, legislativo, y judicial.

En esta parte es en donde se dictan las normas por las que se pelearon incluso guerras como lo son el hecho de que el presidente no sea capaz de reelegirse o que se tenga un gobierno como el que se tiene hoy en día y como ya lo había dicho es en esta sección en la que se dicta estas normas.

Esta sección también se conforma por los derechos fundamentales que mas que ser derechos son obligaciones, como el hecho de votar que establece el artículo 35 de la constitución, dictando: es prerrogativas del ciudadano:

I: Votar en la elecciones populares. Entre otros puntos dados en este articulo.

Refiriéndose claramente al hecho de que todo ciudadano mexicano (que tenga mas de 18 años y un modo honesto de vivir, siendo estos los requisitos para serlo) tiene que extender su voto en las elecciones populares pues conciernen a todos ya que siendo una república democrática representativa se eligen su gobernantes de este modo.

En el artículo 31 dicta: son obligaciones de los mexicanos:

I. Hacer que sus hijos o pupilos concurran a escuelas publicas o privadas, para obtener educación preescolar, primaria y secundaria, y reciban la militar, en los términos que establezca la ley.

II. Asistir en los días y horas designados por el ayuntamiento del lugar en que residan, para recibir instrucción cívica y militar los mantenga aptos en el ejercicio de los derechos de ciudadano, diestros en el manejo de las armas y conocedores de la disciplina militar;

III. Alistarse y servir en la guardia nacional, conforme a la ley orgánica respectiva, para asegurar y defender la independencia, el territorio, el honor, los derechos e intereses de la patria, así como la tranquilidad y el orden interior, y

IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la federación como del distrito federal o del estado y municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.

Es claro que no toda la parte orgánica esta centrada en las distintas partes que conforman al gobierno y en como serán reguladas estas. También como ya había mencionado antes hay obligaciones que se deben cumplir como las estipuladas en este artículo como lo son el hecho de tener que proporcionar educación a tus descendientes o si eres tutor de alguien esa es tu obligación. Que es muy diferente al artículo tercero, que dice que todo mexicano tiene derecho a la educación pues en este articulo es tu obligación proporcionar la educación de cierta manera.

Hay una sección de artículos que van desde el articulo 42 hasta el articulo 48 que tratan los limites y fronteras de el territorio mexicano así como que es lo que pasa con partes del territorio nacional como lo son pequeñas islas, cayos y arrecifes que se encuentren dentro de los mares adyacentes al territorio mexicano y que estos espacios dependerán directamente del gobierno de la federación con excepción de aquellas islas que hayan sufrido jurisprudencia por parte de algún estado de la misma república.

En el artículo 49 de la constitución política mexicana se dicta:

El supremo poder de la federación se divide, para su ejercicio, en legislativo, ejecutivo y judicial. No podrán reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el legislativo en un individuo, salvo el caso de facultades extraordinarias al ejecutivo de la unión conforme a lo dispuesto en el artículo 29. En ningún otro caso, salvo lo dispuesto en el párrafo del artículo 131, se otorgan facultades extraordinarias para legislar.

Lo estipulado en los artículos 29 y 131 son situaciones de emergencia como invasiones o situaciones críticas económicas.

De esta forma podemos observar que no solamente la parte orgánica sirve para decir como cité en el artículo 49 la division de poderes o que restricciones tienen cada uno, por ejemplo que no pueda ser usado por una persona o corporación más de un poder. Sino también regula las obligaciones y temas tan distantes como las limitantes del territorio nacional.

Bibliografía:

http://www.yucatan.com.mx/especiales/constitucion/18120101.asp

http://es.wikipedia.org/wiki/Constituci%C3%B3n_Pol%C3%ADtica_de_los_Estados_Unidos_Mexicanos

Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos.

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