martes, 18 de septiembre de 2007

Articulo 40 Constitucional - La soberania

ARTICULO 40 CONSTITUCIONAL: ES VOLUNTAD DEL PUEBLO MEXICANO CONSTITUIRSE EN UNA REPUBLICA REPRESENTATIVA, DEMOCRATICA, FEDERAL, COMPUESTA DE ESTADOS LIBRES Y SOBERANOS EN TODO LO CONCERNIENTE A SU REGIMEN INTERIOR; PERO UNIDOS EN UNA FEDERACION ESTABLECIDA SEGUN LOS PRINCIPIOS DE ESTA LEY FUNDAMENTAL.

Este artículo se refiere al tipo de gobierno que existe en México, es decir, una república soberana. Esta república es democrática, federal y representativa. Una república es un tipo de Estado que se renueva a si mismo, por lo general por medio del sufragio, ya sea que este se lleve a cabo a nivel nacional o a nivel legislativo. En el caso mexicano, el sufragio es popular y está establecido el concepto de la no reelección, medida que propició el presidencialismo favoritista durante la gran parte del siglo XX, empero, paradójicamente ha sido este mismo principio el que ha ayudado a que se inicie el proceso de democratización del país.

México es una república representativa es decir, que el pueblo ejerce la soberanía de manera indirecta. Los mexicanos, para involucrarse en la toma de desiciones, eligen a un representante por medio del voto popular que funge como un intermediario en materia jurídica, y esto se lleva a cabo por medio de las instituciones electorales, es decir el IFE,

La democracia, desde el punto de vista aristotélico y que cumple con las bases de las democracias actuales, significa que la representatividad es unánime, es decir, todo el pueblo toma desiciones, es electo y elector. Etimológicamente, democracia significa el poder del pueblo – Demos: pueblo; Cratos; poder – y en la ascepeción actual, esto significa que se gozan de garantías individuales, seguridad económica, división de poderes y en donde es admitida la diversidad ideológica para escoger a uno u otro gobernante según las preferencias y tendencias del individuo.

Una federación consiste de dos estatutos jurídicos que son un gobierno central y los gobiernos estatales, los cuales en el caso mexicano se encuentran regidos todos por la Carta Magna.

La Constitución otorga a su vez la autonomía suficiente para que cada estado tenga una ley máxima que se ajusta a las necesidades políticas, sociales y culturales. Al ser un órgano supremo, la Constitución también establece que existen entidades ajenas tanto al gobierno Federal como a los estatales, es decir, gozan de completa autonomía.

Los estados son autónomos, mas sin embargo se dice comúnmente que son soberanos. Este no es el caso, ya que todos deben atenerse a los preceptos de la Carta Magna. La representatividad solo se ve legitimada por medio de la Constitución Federal, por lo que los estados gozan de autonomía jurídica, mas no de soberanía particular.

Como se dice en el argot jurídico, todo el Derecho son variaciones del mismo TENA.

Bibliografía

Artículo por Amador Rodríguez Lozano
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Gracias.

P.D. Les recuerdo que siempre que se cite a un artículo, se debe de especificar de donde viene ya que la Constitución no es el único grupo de leyes. Existen códigos y reglamentos con miles de artículos.

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